
Fecha: 05/02/25
Las personas físicas o jurídicas que presten servicios para la intermediación de préstamos o créditos hipotecarios tienen la obligación de inscribirse en el Registro de Intermediarios financieros, de acuerdo con el Real Decreto 106/2011, de 28 de enero, por el que se crea y regula el Registro estatal de empresas previsto en la citada Ley 2/2009, de 31 de marzo, y, se fija el importe mínimo del seguro de responsabilidad o aval bancario para el ejercicio de estas actividades entre otros requisitos
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